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Prestaciones y servicios por situación de dependencia

El sistema de autonomía y atención a la dependencia contempla servicios y prestaciones económicas para personas valoradas en situación de dependencia.

✓ Información revisada el con la fuente oficial. Las condiciones pueden cambiar: confírmalas antes de solicitar.

Estado
Plazo abierto
Plazo
Se puede solicitar durante todo el año si cumples los requisitos
Ámbito
Toda España
Tipo
Servicio o prestación
Organismo
El Imserso y los servicios sociales de tu comunidad autónoma
Última revisión
21 de octubre de 2026

¿Qué es?

El sistema de autonomía y atención a la dependencia contempla servicios y prestaciones económicas para personas valoradas en situación de dependencia. La solicitud y la valoración se gestionan por la comunidad autónoma de residencia.

Esta ficha resume la información pública de el Imserso y los servicios sociales de tu comunidad autónoma en lenguaje claro y enlaza siempre a la página oficial, que es la que tiene validez.

Requisitos principales

  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de sus grados (I moderada, II severa o III gran dependencia).
  • Residir en España y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud (con excepciones para menores de 5 años).
  • La solicitud se dirige a la comunidad autónoma de residencia.

Resumen orientativo. Los requisitos completos y sus excepciones están en la normativa y en la ficha oficial.

¿A quién puede interesar?

  • Personas mayores y quienes las cuidan
  • Personas con discapacidad o en situación de dependencia

Es una ayuda de ámbito estatal: se puede pedir viviendo en cualquier comunidad autónoma si se cumplen los requisitos. No podemos confirmar si te corresponde: lo decide la administración con los requisitos de la convocatoria.

Cómo solicitarla paso a paso

  1. Pide la valoración en los servicios sociales de tu ayuntamiento o de tu comunidad autónoma, con un informe de salud.
  2. Un equipo valora en el domicilio el grado de dependencia.
  3. Tras la resolución del grado, se elabora el Programa Individual de Atención (PIA) con el servicio o la prestación más adecuada.
  4. Las prestaciones pueden ser servicios (ayuda a domicilio, teleasistencia, centro de día, residencia) o prestaciones económicas.
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Documentación que suelen pedir

  • DNI o NIE
  • Certificado de empadronamiento y, si se pide, de residencia
  • Informes de salud cuando el procedimiento incluye una valoración
  • Datos de ingresos y patrimonio
  • Datos de la persona cuidadora, si procede

Lista orientativa. Prepara solo lo que pida la convocatoria o la ficha oficial.

Consejos útiles

  • La persona cuidadora familiar puede tener derecho a una prestación económica y a convenio especial con la Seguridad Social.
  • Si la situación empeora, se puede pedir una revisión del grado.
  • Revisa tu vida laboral antes de pedir una pensión para corregir errores a tiempo.

Antes de enviar la solicitud

  • Comprueba que el plazo sigue abierto en la fuente oficial.
  • Revisa si es compatible con otras ayudas que ya cobras.
  • Ten lista tu identificación digital (Cl@ve, certificado o DNIe) si vas a tramitar online.
  • Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir Prestaciones y servicios por situación de dependencia?

Podría interesar a personas mayores y quienes las cuidan, personas con discapacidad o en situación de dependencia. Los requisitos exactos (ingresos, edad, residencia, cotización…) los fija el Imserso y los servicios sociales de tu comunidad autónoma. Compruébalos siempre en la fuente oficial antes de solicitarla.

¿Dónde se solicita?

En los canales oficiales de el Imserso y los servicios sociales de tu comunidad autónoma (imserso.es). La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente y no tramita solicitudes.

¿Está abierto el plazo?

A fecha de 26 de octubre de 2026, el estado que figura en nuestra ficha es «plazo abierto». La información se revisó el 21 de octubre de 2026; confirma el plazo vigente en la fuente oficial.

¿Qué documentos necesito?

Suelen pedirse, entre otros: dni o nie; certificado de empadronamiento y, si se pide, de residencia; informes de salud cuando el procedimiento incluye una valoración. La lista exacta está en la convocatoria o en la ficha oficial.

La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente y no pertenece a ninguna administración. Esta ficha no garantiza el derecho a la ayuda.