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Bono social térmico

Ayuda anual para gastos de calefacción, agua caliente o cocina.

✓ Información revisada el con la fuente oficial. Las condiciones pueden cambiar: confírmalas antes de solicitar.

Estado
Plazo abierto
Plazo
Consulta la convocatoria oficial
Ámbito
Toda España
Tipo
Ayuda económica
Organismo
El Ministerio para la Transición Ecológica
Última revisión
21 de octubre de 2026

¿Qué es?

Ayuda anual para gastos de calefacción, agua caliente o cocina. Las personas beneficiarias del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior se incorporan al bono social térmico; la gestión y el pago corresponden a cada comunidad autónoma o ciudad con estatuto de autonomía.

Esta ficha resume la información pública de el Ministerio para la Transición Ecológica en lenguaje claro y enlaza siempre a la página oficial, que es la que tiene validez.

¿A quién puede interesar?

  • Familias con hijos o menores a cargo
  • Personas mayores y quienes las cuidan
  • Personas con discapacidad o en situación de dependencia

Es una ayuda de ámbito estatal: se puede pedir viviendo en cualquier comunidad autónoma si se cumplen los requisitos. No podemos confirmar si te corresponde: lo decide la administración con los requisitos de la convocatoria.

Cómo solicitarla paso a paso

  1. Abre la fuente oficial de el Ministerio para la Transición Ecológica y comprueba que la información sigue vigente.
  2. Lee la convocatoria: requisitos, cuantía, plazo y si se reparte por orden de llegada o por puntuación.
  3. Prepara los documentos en PDF y comprueba que tienes acceso a la sede (Cl@ve, certificado o DNIe).
  4. Presenta la solicitud dentro del plazo en la sede electrónica indicada.
  5. Firma la solicitud, descarga el justificante de registro y guárdalo junto a tus documentos.
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Documentación que suelen pedir

  • DNI o NIE de la persona titular del contrato
  • Datos del suministro (el código CUPS o el número de contrato aparecen en la factura)
  • Libro de familia o empadronamiento si se acredita la unidad familiar
  • Acreditación de la condición que da acceso (familia numerosa, pensión mínima, discapacidad...) cuando se pida

Lista orientativa. Prepara solo lo que pida la convocatoria o la ficha oficial.

Consejos útiles

  • No hay que pedirlo: lo reciben automáticamente quienes tenían el bono social de electricidad a 31 de diciembre del año anterior.
  • Lo pagan las comunidades autónomas una vez al año para ayudar con la calefacción, el agua caliente o la cocina.
  • Si tenías el bono social eléctrico y no lo has cobrado, consulta con tu comunidad autónoma.
  • Revisa en tu factura si tienes tarifa regulada (PVPC): es requisito del bono social.

Antes de enviar la solicitud

  • Comprueba que el plazo sigue abierto en la fuente oficial.
  • Revisa si es compatible con otras ayudas que ya cobras.
  • Ten lista tu identificación digital (Cl@ve, certificado o DNIe) si vas a tramitar online.
  • Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir Bono social térmico?

Podría interesar a familias con hijos o menores a cargo, personas mayores y quienes las cuidan, personas con discapacidad o en situación de dependencia. Los requisitos exactos (ingresos, edad, residencia, cotización…) los fija el Ministerio para la Transición Ecológica. Compruébalos siempre en la fuente oficial antes de solicitarla.

¿Dónde se solicita?

En los canales oficiales de el Ministerio para la Transición Ecológica (sede.miteco.gob.es). La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente y no tramita solicitudes.

¿Está abierto el plazo?

A fecha de 26 de octubre de 2026, el estado que figura en nuestra ficha es «plazo abierto». La información se revisó el 21 de octubre de 2026; confirma el plazo vigente en la fuente oficial.

¿Qué documentos necesito?

Suelen pedirse, entre otros: dni o nie de la persona titular del contrato; datos del suministro (el código cups o el número de contrato aparecen en la factura); libro de familia o empadronamiento si se acredita la unidad familiar. La lista exacta está en la convocatoria o en la ficha oficial.

La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente y no pertenece a ninguna administración. Esta ficha no garantiza el derecho a la ayuda.